Causas Justificadas para No Acudir a un Juicio: la comparecencia ante un órgano judicial, ya sea como parte, testigo o perito, no es una opción, sino una obligación legal de obligado cumplimiento. El engranaje de la Justicia en España se basa en la presencia de los citados para garantizar la defensa efectiva y la contradicción de pruebas, siendo un pilar fundamental del debido proceso. Incumplir esta citación sin un motivo de peso puede acarrear graves consecuencias, desde la imposición de multas económicas hasta la declaración de rebeldía o, en el peor de los casos, la comisión de un delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.
Sin embargo, el Derecho es flexible y humano, contemplando circunstancias excepcionales donde la vida o situaciones de fuerza mayor imposibilitan la asistencia. Estas son las Causas Justificadas para No Acudir a un Juicio.
En Bufete Jordán, entendemos que la clave para la tranquilidad de nuestros clientes reside en la gestión proactiva y la justificación documental de cualquier incomparecencia. Este artículo desglosa exhaustivamente las excepciones que la ley contempla y el proceso riguroso que debe seguirse para transformar una ausencia forzosa en una causa justificada, salvaguardando sus derechos procesales.
I. La Obligación de Comparecer: El Principio General

Antes de abordar las excepciones, es crucial comprender por qué la inasistencia injustificada es tan severamente penalizada. La comparecencia ante la Justicia garantiza:
- Derecho de Defensa (Acusado/Demandado): Permite al ciudadano ejercer su derecho fundamental a ser oído y defender su posición.
- Contradicción y Prueba (Testigo/Perito): El testimonio o el informe es una fuente de prueba esencial sin la cual el proceso puede paralizarse o resolverse de forma injusta.
- Celeridad Procesal: Las inasistencias injustificadas provocan suspensiones, demoras en la tramitación y una sobrecarga para el sistema judicial.
La Regla de Oro: Si usted ha sido citado legalmente por un Juzgado o Tribunal, su prioridad debe ser comparecer. La incomparecencia solo debe considerarse como último recurso y siempre, siempre, bajo la dirección de su abogado y con la documentación de soporte adecuada.
II. El Marco Legal de la Incomparecencia Justificada
Las justificaciones de incomparecencia están reguladas en España principalmente por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que establecen los motivos tasados para la suspensión de vistas. Estos motivos se centran en la imposibilidad absoluta de la persona de desplazarse o de participar.
1. Causas de Imposibilidad Absoluta (Fuerza Mayor)
Estas son las causas más recurrentes y universalmente aceptadas, ya que escapan al control de la persona citada:
- Enfermedad o Incapacidad Física Grave: No se trata de una indisposición leve, sino de una enfermedad o un cuadro médico que imposibilita el desplazamiento o la participación consciente en el acto judicial. Esto incluye una operación quirúrgica de urgencia, una hospitalización o una incapacidad sobrevenida.
- Accidente Imprevisto: Un accidente de tráfico grave, un siniestro doméstico o cualquier evento traumático de última hora que requiera atención médica inmediata.
- Fallecimiento o Enfermedad Grave de un Familiar Cercano: El fallecimiento o la hospitalización grave de un familiar de primer grado (padres, hijos, cónyuge, hermanos) se considera una causa de fuerza mayor que justifica la ausencia por motivos de urgencia ineludible.
- Catástrofes Naturales o Fenómenos Meteorológicos Extremos: Situaciones extraordinarias (inundaciones, nevadas históricas, terremotos) que impidan materialmente el acceso a la sede judicial o el desplazamiento desde el domicilio.
- Obligaciones de Carácter Público Ineludible: Estar convocado a una mesa electoral, al servicio militar obligatorio (en otros países) o al cumplimiento de otro deber público de similar rango.
2. Coincidencia de Señalamientos Judiciales

Es un motivo frecuente para abogados, peritos y, ocasionalmente, testigos. Si la persona citada tiene que comparecer ante otro Juzgado o Tribunal a la misma hora en un procedimiento diferente:
- Prioridad: El Juzgado debe valorar qué procedimiento es prioritario (generalmente el penal prevalece sobre el civil, o el señalamiento más antiguo).
- Justificación: Es imprescindible presentar la citación oficial del otro órgano judicial con la fecha y hora coincidentes. El letrado o procurador debe comunicar esta circunstancia tan pronto como la conozca.
3. Deberes Ineludibles (Partes y Abogados)
En casos muy específicos, se aceptan justificantes relacionados con obligaciones profesionales o familiares:
- Maternidad/Paternidad y Cuidado del Menor/Familiar: El permiso de nacimiento y cuidado del menor, o la necesidad de cuidado de un familiar dependiente, siempre que la persona sea la única o principal responsable y no pueda delegar la función.
- Baja Laboral por Riesgo: Si la persona citada (sea parte, perito o abogado) se encuentra de baja por riesgo durante el embarazo o por enfermedad profesional, y esta situación impide su comparecencia.
III. El Procedimiento Riguroso para Justificar la Ausencia
La causa justificada es solo la mitad de la batalla; la otra mitad es el procedimiento correcto para comunicarla. Una causa legítima mal comunicada puede ser rechazada.
4. La Regla de la Inmediatez y la Proactividad
- Comunicación Inmediata: La causa de la incomparecencia debe comunicarse al Juzgado que ha emitido la citación tan pronto como se tenga conocimiento de la misma. La Ley premia la diligencia. Si se comunica una vez el juicio ha comenzado o finalizado (justificación a posteriori), es muy probable que sea rechazada, salvo fuerza mayor sobrevenida e imprevisible.
- Vía Procesal: La comunicación debe hacerse siempre a través de un escrito procesal presentado por su abogado o procurador ante el Juzgado, solicitando formalmente la suspensión del acto judicial.
5. La Documentación: La Carga de la Prueba
La justificación no es válida si no está fehacientemente acreditada. Los Juzgados son exigentes y no aceptan simples declaraciones verbales o escritos sin respaldo.
| Causa Justificada | Documento Acreditativo Imprescindible | Observaciones Legales |
| Enfermedad Grave / Incapacidad | Certificado Médico Oficial: Emitido por un médico colegiado, debe especificar la enfermedad, el tratamiento y la imposibilidad concreta de comparecer el día y hora del señalamiento. | No basta un justificante de visita; debe indicar la incapacidad procesal. |
| Fallecimiento Familiar | Certificado de Defunción y Libro de Familia/Registro Civil que acredite el vínculo de parentesco (primer grado). | Se suele requerir que la fecha del juicio coincida con el velatorio o entierro. |
| Coincidencia de Juicios | Copia de la Citación Judicial del otro Juzgado, con el sello o firma que acredite su recepción. | Debe demostrarse que la citación del otro juicio se recibió con posterioridad al primer señalamiento, o que la suspensión del otro no era posible. |
| Fuerza Mayor (Accidente/Catástrofe) | Parte de Accidente/Informe Policial (si aplica), Parte de Urgencias Médicas o Informe de Autoridad Civil (para catástrofes naturales). | Debe ser una situación sobrevenida y no controlable por el individuo. |
6. La Consecuencia de la Aceptación: La Suspensión del Juicio
Si el Juzgado considera la causa como justificada y la documentación es suficiente, el Juez dictará una resolución acordando la suspensión de la vista (aplazamiento). Posteriormente, se fijará una nueva fecha de señalamiento.
Importante: En algunos procesos civiles y penales leves, la Ley permite celebrar el juicio en ausencia del demandado o acusado (juicio en rebeldía o en ausencia), pero nunca podrá celebrarse sin la asistencia del abogado o procurador de la parte.
IV. El Riesgo de la Incomparecencia Injustificada: Un Desastre Procesal

Cuando no se presenta una justificación válida o, peor aún, se omite la comunicación, las consecuencias son graves y variadas según la posición de la persona en el proceso.
7. Consecuencias para las Partes (Demandante/Demandado o Acusador/Acusado)
| Rol Procesal | Tipo de Juicio | Consecuencia Principal de la Incomparecencia |
| Demandante (Civil) | Juicio Verbal | Desistimiento de la Demanda: Se archiva el procedimiento y el demandante debe asumir las costas judiciales. |
| Demandado (Civil) | Juicio Verbal/Ordinario | Declaración de Rebeldía: El juicio continúa sin él. Puede ser declarado confeso en los hechos que le son perjudiciales, perdiendo derechos de prueba y defensa. |
| Denunciante (Penal) | Delito Leve | Absolución del Denunciado: El proceso se archiva inmediatamente, ya que no hay parte acusadora que sostenga la acción. |
| Acusado (Penal) | Delitos con pena grave | Orden de Detención y Proclamación de Rebeldía: Si la pena solicitada es superior a dos años, el juicio no puede celebrarse sin él, y el Juzgado ordena su búsqueda y captura. |
8. Consecuencias para Testigos y Peritos
La citación como testigo o perito es un deber cívico irrenunciable. La incomparecencia injustificada conlleva:
- Multa Coercitiva: Imposición de multas económicas que pueden oscilar entre 180 y 5.000 euros, dependiendo de la jurisdicción y la gravedad.
- Conducción por la Fuerza Pública: El Juez puede ordenar que el testigo sea conducido por las fuerzas de seguridad para asegurar su presencia en una nueva citación.
- Delito de Desobediencia: En casos de reincidencia o negativa manifiesta, se puede iniciar un procedimiento penal por desobediencia grave a la autoridad judicial (Art. 463 del Código Penal).
V. Conclusión: La Estrategia Legal es la Única Garantía
El sistema judicial español establece la comparecencia como un requisito ineludible. Por ello, la respuesta a la pregunta: «¿Puedo no ir a un juicio?» siempre es la misma: «Solo si es absolutamente inevitable y con el debido respaldo legal.»
En Bufete Jordán, la gestión de la incomparecencia se trata con la misma seriedad que la propia defensa del caso. La diferencia entre una multa o la pérdida del proceso, y una simple suspensión, reside en la celeridad, la impecable documentación y el conocimiento preciso del procedimiento legal para solicitar la suspensión.
Si usted o un familiar ha recibido una citación judicial y se enfrenta a una situación que imposibilita su asistencia, la acción inmediata es contactar a un profesional. Permítanos transformar su problema de fuerza mayor en una justificación válida y aceptada, garantizando que sus derechos y su defensa queden intactos y a salvo de las severas consecuencias de la ley. No asuma riesgos; confíe en la experiencia que protege su tranquilidad.